Nuevo Tramo 4.000 del DS N°1
El DS N°65 (V. y U.), publicado en el Diario Oficial el 22 de octubre de 2026, agregó al DS N°1 un cuarto tramo de precio de vivienda (art. 67 bis), pensado para hogares de ingresos medios que compran viviendas de mayor valor.
| Ubicación de la vivienda | Precio de la vivienda | Subsidio |
|---|---|---|
| Todo el país, salvo las zonas siguientes | Más de 2.200 y hasta 4.000 UF | 400 UF |
| Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y provincia de Chiloé | Más de 2.200 y hasta 4.000 UF | 500 UF |
| Aysén, Magallanes, provincia de Palena, Isla de Pascua y Juan Fernández | Más de 2.600 y hasta 4.500 UF | 550 UF |
- Solo adquisición. No hay construcción en sitio propio ni densificación predial en este tramo.
- Ahorro mínimo: 200 UF.
- En Zonas de Incentivo a la Densificación Urbana el precio puede llegar a 4.500 UF (o 5.000 UF en las zonas extremas) y el subsidio sube 100 UF.
- Rehabilitar un inmueble patrimonial que genere dos o más viviendas suma 100 UF adicionales.
- El puntaje por ahorro usa la misma escala que el tramo 3 (art. 68, ahora aplicable a los tramos 3 y 4).
- Con autorización del SERVIU, quien fue seleccionado en los tramos 1, 2 o 3 puede comprar una vivienda del rango del tramo 4, recibiendo el subsidio de ese tramo y acreditando el ahorro de 200 UF.
El simulador ya incluye el Tramo 4.000. Como es nuevo, todavía no hay puntajes de corte para compararlo.
Ahorro mínimo vigente
Para el Llamado 1-2026 rigen los montos del artículo transitorio del DS N°1, más bajos que los permanentes:
| Tramo | Adquisición | Construcción en sitio propio |
|---|---|---|
| Tramo 1 | 30 UF | No aplica |
| Tramo 2 | 40 UF | 30 UF |
| Tramo 3 | 80 UF | 50 UF |
| Tramo 4.000 | 200 UF | No aplica |
El puntaje por ahorro se calcula sobre lo que superes ese mínimo, en bandas de 0 a 60, 60 a 110, 110 a 160 y más de 160 UF de exceso (art. 65 c y 68 c). La calculadora de puntaje por ahorro muestra el detalle.
Subsidio a la tasa hipotecaria (Ley N°21.748)
La Ley N°21.748 creó un subsidio transitorio que rebaja la tasa de interés de créditos hipotecarios para comprar viviendas nuevas, junto con una garantía estatal para esos créditos. Es compatible con el DS N°1 y puede reducir el dividendo mensual. Las condiciones (precio máximo, plazo de vigencia y bancos adheridos) se informan en minvu.gob.cl.
Otros ajustes al DS N°1
- El DS N°65 actualizó las referencias a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria: ahora rige la Ley N°21.442.
- El requisito de Registro Social de Hogares quedó definido por tramo: hasta 60% en el tramo 1, hasta 80% en el tramo 2 y hasta 90% en los tramos 3 y 4.
- Durante 2025 se modificaron además disposiciones transitorias del reglamento (DS N°9 de 2025). Revisa siempre las bases del llamado al que postules.
Nueva ley de datos personales
El 1 de diciembre de 2026 entra en vigencia la Ley N°21.719, que reemplaza el régimen de la Ley N°19.628 y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Actualizamos nuestra política de privacidad a sus exigencias.
Este resumen es informativo. Para postular, consulta el texto oficial en bcn.cl/leychile y las bases del llamado en minvu.gob.cl.